Legislación Que Protege y Promueve El Desarrollo De los Grupos Etnicos

Garantiza el reconocimiento y efectividad de los derechos humanos, colectivos e integrales de los grupos étnicos de Colombia, en el marco de lo establecido en el artículos 7, 282, 283 y 284 de la Constitución Política, la Ley 24 de 1992 y la Resolución 1602 del 7 de julio de 1995.
Funciones
  • Formar a los ciudadanos en el conocimiento, la aplicación y la defensa de los derechos fundamentales, colectivos e integrales de los grupos étnicos.
  • Desarrollar talleres de capacitación dirigidos a los servidores públicos del Estado y a los usuarios de la Defensoría del Pueblo en derecho y legislación étnica.
  • Elaborar cartillas y documentos guías que le brinden a los servidores de la Defensoría, a los servidores públicos del Estado y a los usuarios del servicio, las herramientas necesarias que les permita entender y garantizar los derechos colectivos e integrales de los grupos étnicos (Autonomía, Territorio, Cultura, Salud y Educación de los grupos étnicos).
  • Analizar la legislación étnica relacionada con la construcción e implementación de políticas públicas y la aplicación de las mismas, con el fin de recomendar correctivos y mejoras.
  • Elaborar informes de diagnóstico de la situación de derechos humanos y de las políticas públicas correspondientes a los grupos éttnicos y formular las recomendaciones correspondientes, mediante los infomes y resoluciones defensoriales.
  • Brindar atención especializada en asuntos étnicos a los clientes internos y externos de la Defensoría del Pueblo con el fin de hacer efectivos los derechos humanos y garantías fundamentales de los indígenas, afrocolombianos, raizales y rom y de potenciarlos como titulares activos de los mismos, de conformidad con lo establecido en el Instructivo del Sistema de Atención Integral.
  • Mediar en los conflictos internos y intraétnicos de las comunidades y pueblos que así lo requieran.
  • Realizar el seguimiento a los acuerdos celebrados entre los grupos étnicos y el Estado, con el fin de verificar su cumplimiento.
  • Realizar visitas periódicas de acompañamientos a los grupos étnicos que habitan regiones con situaciones críticas en derechos humanos.
  • Brindar asesoría a los diferentes grupos étnicos, organizaciones, entidades estatales y dependencias internas de la Defensoría del Pueblo, relacionada con los asuntos de su competencia.

0 comentarios:

Publicar un comentario